Clásicos en PeruGestion

Material preparado por Dionicio Canahua

Archivo de 26 noviembre 2009

A propósito de Empresa en Marcha

Publicado por dcanahua en noviembre 26, 2009

CPCC Dionicio Canahua

Desde la perspectiva de una persona que inicia una empresa siempre se va observar una visión positiva, con una lógica justificación de que se obtendrán resultados que justificaran la inversión realizada.

De allí que el principio de Empresa en Marcha cobre una gran importancia dentro del proceso contable de una organización, sobre todo si nos referimos al tema de valorización y/o reconocimiento de partidas.

Veamos el siguiente ejemplo: Si usted fuera el dueño de un negocio y sabe que este no tiene un horizonte a futuro ¿Realizaría ventas al crédito?, pues no; porque usted sabe que no  podrá cobrarlas ya que no existe un futuro en la empresa.

 El hecho de que no encontremos sólidas razones, desde un punto de vista de auditoria, para reconocer el principio de empresa en marcha implicaría que utilicemos un valor de liquidación de cada una de las partidas que conforman el balance de la empresa en lugar del costo histórico.

Si bien el principio de empresa en marcha también esta asociado al tema de un horizonte de tiempo, conviene cada cierto tiempo monitorear la situación de la empresa; por ello que realicemos “cortes de información”, esta situación es la que genera la aparición del principio de periodo.

El principio de periodo permite evaluar la vigencia de la situación de “empresa en marcha” para una organización. Esta evaluación la podemos realizar tomando el servicio de una auditoria externa o analizando la situación de la empresa.

Asimismo debemos considerar que existe una íntima relación entre el principio de empresa en marcha y el “crédito”. Considerando esto ultimo como el hecho de diferir el movimiento de efectivo de una transacción a futuro; ya sea como un cobro o un pago.

El crédito en una transacción ha generado la base para la aplicabilidad de muchos principios contables, como el caso de empresa en marcha. Podríamos afirmar entonces que la Contabilidad al contado seria mucho más sencilla, incluso obviar la aplicación de la partida doble.

Por ello el reconocimiento de la relación empresa en marcha – crédito, como una consecuencia de la evolución de las transacciones realizadas por las personas y organizaciones. Esta complejidad ha planteado y plantea muchos retos a la Contabilidad, situación que la podemos hacer tangible cuando un colega, o quizás nosotros mismos nos preguntemos: ¿Cómo se Contabiliza esta operación? Y ¿Cómo se contabilizaría si la empresa cerrara mañana?.

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Los pagos a cuenta: Intereses y Compensación como crédito

Publicado por dcanahua en noviembre 26, 2009

CPCC Dionicio Canahua

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Este articulo se publico en fecha previa a la presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto a la Renta.
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Mañana comienzan los vencimientos de la presentación de las Declaraciones Anuales del Impuesto a la Renta y un tema muy relacionado con esto es el tratamiento de los pagos a cuenta para este año.

El artículo 85 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta señala lo siguiente:

“Los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría abonarán con carácter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta que en definitiva les corresponda por el ejercicio gravable, dentro de los plazos previstos por el Código Tributario. (…)”

EL TEMA DE LOS INTERESES.-

Es decir, se establece la obligación de realizar un pago anticipado, una razón esta vinculada al hecho de que el Impuesto a la Renta es de periodicidad anual y en definitiva el fisco tendría que esperar un año para realizar el cobro del mismo, por ello este mecanismo de pagos anticipados con la finalidad de tener un flujo de ingresos mensuales.

Otra característica importante a considerar es el tema de las situaciones derivadas de su no pago. Una pregunta obvia es: ¿Qué sucede si no lo he pagado y ya presente la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta?. ¿Se mantiene la obligación de pagar el “Pago a Cuenta”?

Al respecto permítanme referirme al artículo 34 del Código Tributario:

“Artículo 34°.- Cálculo de intereses en los anticipos y pagos a cuenta
El interés moratorio correspondiente a los anticipos y pagos a cuenta no pagados oportunamente, se aplicará hasta el vencimiento o determinación de la obligación principal.
A partir de ese momento, los intereses devengados constituirán la nueva base para el cálculo del interés moratorio.”

A diferencia de las obligaciones tributarias de periodicidad mensual, el Código establece un tratamiento diferenciado con respecto AL VENCIMIENTO O DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL

Si nos referimos al Impuesto a la Renta tenemos dos posibilidades, un contribuyente realiza la presentación de la Declaración Anual ANTES DEL VENCIMIENTO (supuesto de la determinación de la obligación principal) o la presenta en la fecha de vencimiento (supuesto de la determinación de la obligación principal). ¿Por qué es importante considerar estos uno de estos dos parámetros?.

La razón es que nos sirven de referencia para saber hasta cuando existe la obligación de realizar los pagos a cuenta. Porque opera el siguiente mecanismo:

1) Si no realizo el pago a cuenta entonces pago más impuesto a la renta ( en la DJ Anual)
2) Si realizo el pago a cuenta entonces pago menos impuesto a la Renta (en la DJ Anual) porque lo aplico como un crédito ( Y se compensa)

Es por ello que el articulo 34 señala que una vez cumplidos estos dos supuestos, la base de cálculo constituyen los intereses, para efectos de determinar un interés moratorio.

El TEMA DE LA COMPENSACION

Otro aspecto que merece comentario es ¿Por qué debemos considerar como crédito contra el impuesto las compensaciones?. He recibido algunas consultas y también hemos revisado el tema en el Curso Virtual del Impuesto a la Renta, porque da la percepción de estar aplicando un doble crédito contra el Impuesto a la Renta. Lo cual no es necesariamente cierto.

128

Recordemos que el artículo 27 del Código Tributario señala lo siguiente:

“La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Condonación.
4. Consolidación.
5. Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa.
6. Otros que se establezcan por leyes especiales.”

Muchos colegas y estudiantes consideran que la única forma de extinción de la obligación tributaria es el pago, lo cual no es cierto; como observamos en la norma referenciada anteriormente.

Podemos indicar que la segunda forma más utilizada, después del pago, es la compensación. Un caso típico es cuando aplicamos el Crédito Fiscal del IGV.

Es por ello que aun cuando compensemos pagos a cuenta del impuesto a la renta mensualmente, estos son considerados créditos para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta Anual, tal como observamos en la casilla 128 existen varias columnas para estos conceptos: utilización del saldo a favor y otras formas de compensación.

Entonces no olvidemos que debemos considerar lo pagos a cuenta compensados también como créditos contra el Impuesto a la Renta.

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Las ganancias por diferencia de cambio y la determinación de los pagos a cuenta

Publicado por dcanahua en noviembre 26, 2009

CPCC Dionicio Canahua

La presente entrega esta relacionado a la Resolución de Observancia Obligatoria nro 2006_5_02760 emitida por el Tribunal Fiscal establece el siguiente criterio:

Las ganancias generadas por diferencias de cambio no constituyen ingreso neto mensual para la determinación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría a que se refiere el artículo 85° del Decreto Legislativo Nº 774, modificado por la Ley Nº 27034.

En definitiva un tema interesante a comentar como sabemos las diferencias de cambio pueden ser ganancias si se dan las siguientes situaciones:
1) Por la tenencia de moneda extranjera y se produce una aumento en el tipo de cambio.
2) Por la tenencia de cuentas por cobrar en moneda extranjera y se produce un aumento en el tipo de cambio.
3) Por la tenencia de cuentas por pagar en moneda extranjera y se produce una disminución en el tipo de cambio.

Por otro lado las variaciones en el tipo de cambio siempre se refieren a un periodo de tiempo y solo puede determinarse cuando se produce el cobro o pago correspondiente, mientras solo tendríamos ajustes parciales (un ejemplo de esta situación lo constituyen los ajustes a fecha de balance). Este criterio es recogido por el Tribunal Fiscal al señalar:

“Como quiera que el concepto de ingreso neto comporta la de un ingreso devengado cuyo importe puede ser determinable, ello no ocurre con la diferencia de cambio cuya cuantificación no puede ser medida desde que nace la operación en moneda extranjera sino hasta la fecha de pago, ni tampoco puede saberse como afectara el tipo e cambio cuando se tenga saldos de pasivo o activo en moneda extranjera sino hasta que se reexprese en moneda nacional al final del ejercicio, solo así se podrá conocer si la diferencia tuvo un efecto de ganancia o pérdida en el “ejercicio” en los términos a que se refiere expresamente el articulo 61 de la Ley del Impuesto a la Renta.La imputación de las diferencias de cambio como ganancias o pérdidas del ejercicio no solo constituye una solución técnica tendente a corregir o atenuar la distorsión que provoca la fluctuación o volatilidad de la moneda nacional en la determinación de la utilidad comercial en el curso de un periodo, sino que también permite mensurar el impacto (positivo o negativo) de dicha volatilidad monetaria en el patrimonio de la empresa, el cual de revelarse como un cambio de valor patrimonial positivo entre el comienzo y el fin de un periodo, determinara la existencia de un incremento patrimonial que será reconocido como renta neta del ejercicio, y de revelarse como un cambio de valor negativo corresponderá su reconocimiento como pérdida del ejercicio, de conformidad con lo establecido en el articulo 61 de la Ley. ”

Entonces debemos de tener cuidado cuando determinamos la base imponible de los pagos a cuenta mensuales, en los cuales no se considerara las ganancias por diferencias de cambio.

Ver resolución

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Algo más sobre la Partida Doble

Publicado por dcanahua en noviembre 25, 2009

CPCC Dionicio Canahua

doble

Creo que personalmente a lo largo de un largo tiempo he estado “dandole duro” al tema de la Contabilidad desde la perspectiva financiera. Espero que se haya comprendido que solo se trata de completar información y no reemplazar.

El proceso contable se basa en la Partida Doble, por una sencilla razón, la Contabilidad registra transacciones y obviamente siempre habra como mínimo dos perspectivas con relación a la misma. Recordando el típico: uno da y el otro recibe.

Relacionándolo al tema financiero, encontramos dos cosas: origen y aplicación de recursos (y se preguntaran ¿Por qué no señala dinero?) por la sencilla razón que nuestra Contabilidad usa una base de contabilización basada en la Acumulación o Devengado por ello el termino recursos.

De allí que identifiquemos en el origen, el Patrimonio Neto ( aporte de los dueños, socios, accionistas, etc) y el pasivo ( aporte de terceros); y ahí tambien se origina la interrogante sobre el tema del apalancamiento ¿Me financio con recursos propios o de terceros?.

Al otro lado encontramos el Activo ( que es el Patrimonio Bruto o Patrimonio – cuantos balances he visto con la expresión mal usada en el patrimonio neto), este lado representa donde he invertido los recursos de alli que muchas veces en el tema de análisis de estados financieros usemos el ratio de las rotaciones.

Un aspecto que merece tambien un comentario es el reconocimiento del hecho ecónomico y el jurídico; en realidad muchas veces en Contabilidad tenemos conflictos ( ya creo que no hay muchos casos en el Perú de Contabilidad Tributarizada) sabemos que prima”la sustancia a la forma”; prima la realidad económica frente a la forma legal.

Este principio contable que lo mantenemos como un paradigma contable, nos hace recordar que los negocios en esencia, se mantienen en el tiempo ( asi como en los tiempos de los genoveses) solo que ha sufrido cambios como consecuencia de la evolución de las transacciones.

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Bienes Económicos y Periodo

Publicado por dcanahua en noviembre 25, 2009

CPCC Dionicio Canahua

doctrina

La Contabilidad tiene como objetivo la información y ello origina que se reconozca la existencia de “fechas de corte”, que las reconocemos en un encabezado de los Estados Financieros.

¿Para que hacer “fechas de corte”?.

Tal como indicabamos en el articulo sobre partida doble, en Contabilidad tenemos que reconocer las dos perspectivas de una transacción y ello implica medirlas. Muchas veces no podemos haber planteado la interrogante ¿Comó medir en Contabilidad? pues esta situación es una consecuencia de la aplicación de un Principio Contable denominado Bienes Económicos.

¿Hay límites para la medición en Contabilidad?

Obviamente la aplicación del principio de bienes económicos y principio “derivado” moneda común denominador, nos plantean una seria restricción con respecto a los hechos de que se producen en una empresa. Implica que solo puede ser medido lo que tiene un valor ecónomico o para indicarlo en otras palabras que es suceptible de ser expresado en una moneda.

Este enfoque es básico para la perspectiva financiera, pero no es suficiente para otras perspectivas ( interna, cliente, etc) por ello la necesidad de complementar dicha información para efectos de una mejor toma de decisiones.

Encontramos activo, pasivo y patrimonio neto; pero la pregunta queda latente: ¿Donde esta el Capital Intelectual? he visto propuestas que señalan un balance oculto, pero ¿Qué base de medición aplicar en dicho Balance Oculto?, esta es una interrogante que muchos colegas deben hacerse.

El Período y la Empresa en Marcha

Este es otro aspecto interesante, toda persona que se plantea hacer un negocio, apunta a que este permanezca en el tiempo y crezca de manera sostenida. Por ello el principio de Empresa en marcha es clave para efectos de asignar un criterio de medición de las partidas de Estados Financieros.

Si bien hace un rato señalabamos que aplicariamos el valor económico y moneda común denominador; tambien cabe señalar que existen enfoques adicionales para asignar el valor a una partida de un estado financiero.

En definitiva la Contabilidad nos ofrece una veta muy rica de temas para analizar desde la perspectiva de los Principios Contables, que iremos comentando en proximas entregas.

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De la partida simple a la partida doble…pero… ahí nomás!!!

Publicado por dcanahua en noviembre 25, 2009

CPCC Dionicio Canahua

Siempre hemos reconocido a la Partida Doble en la Contabilidad, en cada registro cuando identificamos el Debe y el Haber. Pero ¿Existe la posibilidad de que se haya una Partida Simple?

Para ello basta con preguntarnos: ¿Cómo es el control que llevan las personas que laboran en los mercados? O ¿Aquellas personas que trabajan al contado? Bueno su control se basa en las entradas y salidas de dinero, la diferencia que se obtiene es el saldo que deben de tener en el bolsillo. Esta situación es un caso de partida simple.

Entonces ¿Por qué la necesidad de la partida doble? La razón es sencilla, en el tiempo las transacciones comerciales se han vuelto más complejas, y la figura del crédito o pago diferido se ha vuelto una constante en los negocios actuales. Sino preguntémonos ¿Cuántas de nuestras compras de bienes es al contado?

El hecho de que haya una diferencia entre el nacimiento de la transacción y el movimiento de efectivo (cobro o pago) genera la necesidad de un doble registro. Por un lado describir en una cuenta la naturaleza de la operación y en la otra identificar a la persona u organización con la cual se tiene dicho pendiente.

Esta situación también genera el reconocimiento del devengado como principio contable en el registro, una cosa es la transacción y otra su cancelación (movimiento de efectivo).

El crédito nos ha generado muchas cosas, por ejemplo: la necesidad de usar los estados financieros, de diferenciar la rentabilidad de la liquidez, la aplicación de la partida doble.

¿Existe la necesidad de evolucionar a una partida triple o cuádruple? No, por que por esencia toda transacción básicamente requiere reconocer dos participantes los cuales pueden tener cuentas pendientes entre si. También en el ámbito tributario se da esta figura: deudor y acreedor tributario.

Entonces así como lo vemos la Partida Doble tiene para rato…..

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Publicado por dcanahua en noviembre 25, 2009

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¿Por qué la cuenta 79 y 78 no van a resultados en la hoja de trabajo?

Publicado por dcanahua en noviembre 24, 2009

CPCC Dionicio Canahua

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Este es un clásico que se publicó antes del proyecto e implementación del PCGE. Por ello el uso del Plan Contable General Revisado
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En definitiva nuestro plan contable general revisado tiene como una de sus características más importantes la flexibilidad. Es decir, el hecho de asignar un grupo de cuentas a una clase no significa que todas reúnan las mismas condiciones.

Así por ejemplo tenemos el caso de la cuenta 74 Descuentos, Rebajas y Bonificaciones Concedidas que si bien esta dentro de la clase 7 Ingresos, no reúne los requisitos para ser considerado como tal.

Situación similar sucede con la cuenta 72 Producción Inmovilizada que es usada cuando se trata de operaciones vinculadas a la construcción de un activo fijo por la propia organización.

Entonces nos preguntamos si esta situación también se repite en la cuenta 78 y 79. Cabe precisar que en Contabilidad tenemos las CUENTAS POR EL CONTRA, cuyo papel es servir para efectos de cumplir con la regla de la partida doble “para una cuenta acreedora existe una deudora y viceversa”, el caso más explicito de aplicación de esta situación lo constituyen los asientos realizados con cuentas de orden (clase 0), si ustedes observan estas cuentas tienen el concepto “por contra”, como observamos a continuación:

——————-x——————
01 Créditos Documentarios
02 Responsabilidad por Créditos Documentarios (Cuenta por el contra)

Obviamente en el asiento anterior no podemos afirmar que la responsabilidad “va al haber” por partida doble, sino simplemente se considera una cuenta para contrapesar el asiento contable.

La cuenta 78 y 79 son un tipo especial de cuentas “por contra” porque su razón de ser no es cumplir la partida doble, sino evitar el efecto del registro de un doble gasto al momento de sistematizar la información de los libros contables en la hoja de trabajo.

En el caso de los gastos que tienen “destino” encontramos un doble registro por la clase 6 (como cargas por naturaleza) y la clase 9 (Centros de Costos o Contabilidad Analítica) aun cuando realmente se trate de un solo gasto desde la perspectiva de las personas u organizaciones que intervienen en la operación.

El papel de la cuenta 79 es servir de contrapeso frente a la clase 9 y evitar el registro de un doble gasto, quedando solo las cuentas de la clase 6. Tal como observamos a continuación:

———————x——————-
63 (Cargas por Naturaleza) – Gasto 1
94 (Centro de Costo) – Gasto 2
A 42 Proveedores
A 79 Cargas Imputables a Cuentas de Costos – Anula el efecto del gasto de la clase 9

En el caso de la cuenta 78 Cargas Cubiertas por Provisiones, la idea es anular los efectos del registro de un gasto que fue provisionado previamente con la cuenta 48. Tal como observamos en el siguiente registro:

———————x——————-
63 (Cargas por Naturaleza) – Gasto
48 Provisiones Diversas
A 42 Proveedores
A 78 Cargas cubiertas por provisiones – Anula el efecto del gasto de la clase 6

A manera de conclusión podemos señalar que la cuenta 78 y 79 cumplen un papel fundamental dentro del proceso de preparación y presentación de información en el Estado de ganancias y Pérdidas para evitar el efecto de un doble gasto.

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Más alla del Balance Scorecard

Publicado por dcanahua en noviembre 24, 2009

CPCC Dionicio Canahua

Aceptar un modelo en su integridad puede constituir un riesgo, sobre todo si se ha desarrollado en un contexto distinto. Kaplan y Norton (2000:48) se preguntan ¿las cuatro perspectivas son suficientes?.Sobre todo cuando tomamos en cuenta que el componente social, que toma auge en la actualidad en la gestión de las organizaciones. En definitiva la generación de nuevos modelos de información , implica de alguna manera la superación de un paradigma – si lo consideramos desde la perspectiva de la contabilidad- al respecto Kaplan y Norton (2000:48) son muy explicitos sobre el tema :

(…)
Pero las cuatro perspectivas deben ser consideradas como una plantilla, y no como un corse o una camisa de fuerza. No existe ningún teorema matemático que diga que las cuatro perspectivas son a la vez necesarias y suficientes.
(…)

Y justamente debemos reconocer la flexibilidad en un modelo de información sobre todo si consideramos que la gestión de organizaciones es altamente variable – lo unico constante es el cambio- que justamente exige un cambio con respecto al proceso de generación de información contable de una organización.

¿Que cambios nos genera esta situación?
Una pregunta recurrente es la siguiente: ¿Debemos eliminar o complementar la perspectiva financiera?, la información financiera – producto del proceso contable- ha sido vapuleada a diversos niveles desde el academico y el profesional, basta recordar a Rapaport con su obra Creación del Valor para el accionista; pero ¿implica el olvido de la partida doble o su complemento con otra base de medición?.

Al igual que Kaplan y Norton, somos de la opinión de que se debe generar un proceso de complemento, con la finalidad de generar modelos que sistematicen un mayor volumen de información de la organización. ¿Podriamos hablar de un modelo de información integral?, ¿Como estaria compuesto?; al respecto debe considerarse información cuantitativa (los estados financieros) e información cualitativa ( balance social), podriamos considerar tambien el GRI, Balance Scorecard, etc. El objetivo es considerar los requerimientos de información de los usuarios y que estos consigan satisfacer sus demandas.

Esto genera que la Contabilidad reposicione su perspectiva de proceso de información, y al igual que Kaplan y Norton reconocer la existencia de un modelo que complemente lo proporcionado por los estados financieros.

Por otro lado, a nivel gerencial se reconoce la importancia de dos perspectivas – económica y social – y esto no necesariamente se ha reflejado en los modelos de información. De hecho el balance scorecard apunta a la perspectiva económica, como lo expresa Kaplan (2000:49)

(…)
Sin embargo, los objetivos de los grupos de interes no deben ser añadidos al cuadro de mando a traves de un conjunto aislado de medidas que los directivos deben mantener “controladas”.
(…)

De esta manera para la perspectiva social – enfoque de stakeholders- se deban de considerar otros modelos de información, que comparten algunos de los principios que rigen el tema ecónomico, pero que brindan otro tipo de información que es de uso para el proceso de toma de decisiones.

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Notas Bibliograficas:

Cuadro de Mando Integral (2000)
Kaplan y Norton. Editorial Gestión 2000

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A propósito de las Políticas Contables

Publicado por dcanahua en noviembre 24, 2009

CPCC Dionicio Canahua

La NIC 08 en su párrafo 5 define una política contable como:

(…)
Los principios, bases, acuerdos reglas y procedimientos específicos adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros.
(…)

Al momento de contabilizar una transacción debemos considerar que políticas contables se adoptan con la finalidad de mostrar información razonable. Por ello la necesidad de revelar en nota a los estados financieros el detalle de las políticas adaptadas por la empresa.

A continuación podemos revisar un ejemplo de Revelación en Notas:

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2. PRINCIPIOS Y PRÁCTICAS CONTABLES QUE SIGUE LA COMPAÑÍA _

a) Base de presentación y uso de estimados

(i) Los estados financieros adjuntos han sido preparados a partir de los registros contables de la Compañía, los cuales se llevan en términos monetarios nominales de la fecha de las transacciones, sobre la base de cifras históricas. El proceso de preparación de los estados financieros también requiere que la Gerencia de la Compañía lleve a cabo estimaciones y supuestos para la determinación de los saldos de los activos y pasivos, el monto de las contingencias y el reconocimiento de los ingresos y gastos. Si estas estimaciones y supuestos variaran en el futuro como resultado de cambios en las premisas que las sustentaron, los correspondientes saldos de los estados financieros serán corregidos en la fecha en la que el cambio en las estimaciones y supuestos se produzca. Las estimaciones más significativas en relación a los estados financieros adjuntos están referidas a la provisión para cobranza dudosa, desvalorización de existencias, para fluctuación de valores, la vida útil y valor recuperable del activo fijo y el valor recuperable del intangible.

(ii) En la preparación y presentación de los estados financieros adjuntos, la Gerencia de la Compañía ha cumplido con los principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perú. Estos principios corresponden a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) (IFRS por sus siglas en inglés), emitidas por el International Accounting Standard Board (IASB). Estas Normas obligatorias para el año 2006, oficializadas en el Perú por el Consejo Normativo de Contabilidad (el Consejo) en el 2005, comprenden a: las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) aprobadas hasta la NIIF 6 y las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y sus interpretaciones (SIC), aprobadas hasta la NIC 41 y la SIC 33 respectivamente que coinciden con las vigentes internacionalmente al 31 de diciembre de 2006.

(iii) Para el año 2005 las normas contables vigentes las constituían las NIC´s no revisadas anotadas en el acápite (ii) anterior más las dejadas sin efecto a partir de 2006 (NIC´s 15, 22 y 35) y las interpretaciones (SIC) de la 1 a la 33 (dejadas sin efecto a partir de 2006 por que han sido incorporadas a las NIC´s o NIIF´s; excepto las 7, 10, 12, 13, 15, 21, 25, 27, 29, 31 y 32, que siguen vigentes para el 2006).

(iv) A partir del año 2005 el ajuste por inflación ha sido suspendido. En consecuencia, los saldos ajustados por inflación al 31 de diciembre de 2004 son los saldos iniciales al 1 de enero de 2005, de acuerdo a una norma expendida en el 2005 por el Consejo Normativo de Contabilidad. Esta suspensión también ha sido adoptada por las autoridades tributarias para efectos del cálculo del Impuesto a la Renta a partir de 2005.

(b) Transacciones en moneda extranjera

Las operaciones en moneda extranjera se registran en nuevos soles aplicando los tipos de cambio del día de la transacción. Los saldos al 30 de setiembre de 2007 están valuados al tipo de cambio de cierre del periodo. Las diferencias de cambio que se generan entre el tipo de cambio registrado al inicio de la operación y el tipo de cambio de liquidación de operación o el tipo de cambio de cierre del año, forman parte del rubro de gastos e ingresos financieros en el estado de ganancias y pérdidas.

(c) Instrumentos financieros

Los instrumentos financieros son contratos que dan lugar simultáneamente, a un activo financiero en una empresa y un pasivo financiero o un instrumento de capital en otra.

(d) Cuentas por cobrar y provisión

Los saldos de las cuentas por cobrar se muestran a su valor nominal netos de la correspondiente provisión para cuentas de cobranza dudosa. Esta provisión se registra como gasto del año y se efectúa en base a la posibilidad de cobro a cada deudor, teniendo en cuenta la antigüedad de la deuda, el juicio de la Gerencia y la experiencia crediticia con el deudor.

(e) Existencias y provisión para desvalorización

Las existencias se valúan al costo o valor neto de realización, el menor, siguiendo el método promedio, excepto en el caso de existencias por recibir que se presenta a su costo específico. El valor de realización de los concentrados es el precio de venta, incluyendo los gastos de comercialización y distribución. La provisión por desvalorización de suministros se determinó de la comparación del valor en libros con el de realización, el cual fue determinado en base a una tasación efectuada en el 2003.

(f) Inversiones

Las inversiones se valúan al costo. Los dividendos se reconocen como ingresos en el ejercicio que se toma el acuerdo de distribución o capitalización, según corresponda. La provisión para desvalorización resulta de comparar el valor en libros con su valor patrimonial.

(g) Los inmuebles, maquinaria y equipo se presentan al costo de adquisición menos su depreciación acumulada. El costo de la concentradora, maquinaria y equipo incluye la revaluación efectuada en 2003 sobre la base de tasaciones realizadas por peritos independientes, dichos activos se expresan al valor razonable determinado en la fecha de la tasación. La depreciación de los activos fijos es calculada siguiendo el método de línea recta sobre la base de su vida útil estimada y con las tasas anuales indicadas en la Nota 11. El mantenimiento y las reparaciones menores son reconocidos como gastos según se incurren. La vida útil y el método de depreciación se revisan periódicamente para asegurar que el método y el período de la depreciación sean consistentes con el patrón previsto de beneficios económicos futuros. Los desembolsos posteriores y renovaciones de importan¬cia que varíen las condiciones del bien y que resulten en beneficios económicos futuros, por encima de la evaluación normal del rendimiento hecho originalmente, son capitalizados.

Al vender o retirar los inmuebles maquinaria y equipo la compañía elimina el costo y la depreciación acumulada correspondiente, cualquier pérdida o ganancia que resultase de su disposición se incluye en el estado de ganancias y pérdidas.

(h) Los gastos de exploración y desarrollo en nuevos proyectos son capitalizados en la medida que exista un grado razonable de probabilidad de explotación exitosa futura y serán amortizados en base a las reservas de mineral estimadas y extraídas. Los gastos de exploración de los proyectos considerados económicamente inviables son debitados a resultados en el periodo en que se determina esta condición. Los gastos de desarrollo necesarios para acceder a nuevas reservas de mineral son activados y se amortizan en función a las reservas de mineral estimadas y extraídas. Los gastos de exploración y desarrollo incurridos para la explotación normal de la mina son cargados a los resultados del ejercicio en que se incurren.

El costo de adquisición de nuevo software se capitaliza y clasifica como intangible si estos costos no son parte del hardware relacionado. El software es amortizado bajo el método de línea recta en un período de 6 años.

(i) Desvalorización de Activos

El valor de los inmuebles, maquinaria y equipo e intangibles es revisado periódicamente para determinar si existe deterioro, cuando se producen indicadores o circunstancias que indiquen que el valor en libros puede no ser recuperable. De haber indicios de deterioro, la Compañía estima el importe recuperable de los activos, y reconoce una pérdida por desvalorización en el estado de ganancias y pérdidas o una disminución, hasta el límite del excedente de revaluación, si dichos activos han sido revaluados previamente.

El valor recuperable de un activo es el mayor entre el precio de venta neto y su valor de uso. El precio de venta neto es el valor de mercado del activo menos los gastos resultantes de su disposición; mientras que el valor de uso es el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados que resultarán del uso continuo de un activo así como de su disposición al final de su vida útil. Los importes recuperables se estiman para cada activo o, si no es posible, para la menor unidad generadora de efectivo que haya sido identificada. De existir una disminución de las pérdidas por desvalorización, determinada en años anteriores, se registra un ingreso en el estado de ganancias y pérdidas o se aumenta el excedente de revaluación rebajado en años anteriores.

(j) Arrendamiento financiero

En las operaciones de arrendamiento financiero se sigue el método de mostrar en el activo fijo el costo total del contrato, o si este fuese menor, al valor presente de los pagos mínimos de arrendamiento y su correspondiente pasivo al valor razonable. Los gastos financieros y la depreciación de los activos se cargan a resultados en el período en que se devengan.

(k) Compensación por tiempo de servicios

La provisión para compensación por tiempo de servicios, se contabiliza con cargo a resultados, a medida que se devenga.

(l) Participación de los Trabajadores e Impuesto a la Renta

La Participación de los Trabajadores e Impuesto a la Renta diferido se calculan bajo el método del pasivo del balance general, que consiste en determinar las diferencias temporales, entre los activos y pasivos, financieros y tributarios y aplicar a dichas diferencias la tasa del Impuesto a la Renta. Los pasivos tributarios por participación de los trabajadores e impuesto a la renta se determinan de acuerdo con las disposiciones tributarias aplicables.

(m) Reconocimiento de ingresos

Las ventas de concentrados se registran inicialmente por el valor estimado de acuerdo a las liquidaciones provisionales. Dicho valor posteriormente es ajustado en base a las liquidaciones finales correspondientes, con excepción de las liquidaciones de venta al final del ejercicio, cuyos ajustes se provisionan al cierre del mismo. Los ingresos diversos, excepcionales y financieros se reconocen cuando se realizan.

(n) Reconocimiento de costos y gastos

El costo de ventas corresponde al costo de producción de los productos que comercializa la Compañía y se registra cuando son entregados.

Los gastos se reconocen conforme se devengan.

(o) Contingencias

Los activos contingentes al igual que los pasivos contingentes no se reconocen en los estados financieros. Sólo se revelan en una nota a los estados financieros, si es probable que exista un flujo económico que pueda ser cuantificado y medido razonablemente.

(p) Utilidad básica y diluida por la acción

La utilidad básica por acción resulta de dividir el resultado neto atribuible a los accionistas entre el promedio ponderado del número de acciones comunes y de inversión en circulación en el período incluyendo las acciones por reexpresión a moneda constante. La utilidad diluida por acción resulta de dividir el resultado neto atribuible a los accionistas entre el promedio ponderado del número de acciones comunes y de inversión en circulación y por emitir en el período.

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Si bien desde un punto de vista teórico la doctrina contable presenta distintas definiciones respecto a las políticas contables, la Nic 08 nos presenta un enfoque integrador que tiende a agrupar distintos conceptos dentro del concepto de política contable.

Si bien la tendencia dentro de la emisión de las normas contables ha sido armonizar, debemos reconocer la aplicación en cada país de diversas políticas contables (tanto de alcance local como internacional). Es así como en las ultimas versiones de las NICS ya no observamos el famoso tratamiento “alternativo y /o preferencial” lo cual implicaba la selección de determinada política contable para realizar el tratamiento contable de una transacción.

Por otro el principio contable de uniformidad adquiere una vital importancia al momento de aplicar una determinada política contable, básicamente por razones de comparabilidad de la información.

Al respecto el párrafo 13 de la NIC 08 nos indica:

La entidad seleccionará y aplicará sus políticas contables de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, a menos que una Norma o Interpretación exija o permita específicamente establecer categorías de partidas para las cuales podría ser apropiado aplicar diferentes políticas. Si una Norma o Interpretación exige o permite establecer esas categorías, se seleccionará una política contable adecuada, y se aplicará de manera uniforme a cada categoría.

Asimismo debemos recordar que es muy difícil que todos los tipos de transacción se ajusten específicamente a una determinada política contable, por ello se requiere la aplicación del criterio en el momento de seleccionar una política contable.

Un principio que nos ayuda a evaluar la selección de una política, es el de significado o importancia relativa, porque debemos evaluar el efecto en la información que se va presentar.

Al respecto el párrafo 10 de la NIC 08 indica lo siguiente:

En ausencia de una Norma o Interpretación que sea aplicable específicamente a una transacción o a otros hechos o condiciones, la gerencia deberá usar su juicio en el desarrollo y aplicación de una política contable, a fin de suministrar información que sea:
(a) relevante para las necesidades de toma de decisiones económicas de los usuarios; y
(b) fiable, en el sentido de que los estados financieros:
(i) presenten de forma fidedigna la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de la entidad;
(ii) reflejen la esencia económica de las transacciones, otros eventos y condiciones, y no simplemente su forma legal;
(iii) sean neutrales, es decir, libres de prejuicios o sesgos;
(iv) sean prudentes; y
(v) estén completos en todos sus extremos significativos.

La situación descrita anteriormente es común en muchas empresas, en las cuales hay que “encajar” la transacción con la política contable; de acuerdo a los criterios establecidos anteriormente.

Es pertinente también recordar que Resolución N° 013-98-EF/93.01 emitida por el Consejo Normativo de Contabilidad, publicada el 23.7.1998, se precisa que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a que se refiere el texto del artículo 223° de la Ley General de Sociedades comprende substancialmente, a las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs), oficializadas mediante resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad.

Asimismo, precisa que por excepción y en aquellas circunstancias que determinados procedimientos operativos contables no estén normados por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) supletoriamente, se podrá emplear los Principios de Contabilidad aplicados en los Estados Unidos de Norteamérica.

Esta precisión es particularmente importante porque nos señala que contexto normativo se debe de tomar como referencia al momento de seleccionar una política contable para una determinada transacción.

Es importante que consideremos estos aspectos sobre todo al momento de aplicar políticas contables en la preparación y presentación de información financiera.

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